miércoles, 18 de mayo de 2011

CCT 122/75 - ACUERDO SALARIAL - DISPOSICION NRO. 156/11 - ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES - SAN TIMOTEO SOCIEDAD ANONIMA - B.O. 18/05/11

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 156/2011

Registro Nº 194/2011


Bs. As., 3/2/2011

VISTO el Expediente Nº 1.393.914/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa SAN TIMOTEO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el texto convencional de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75.

Que el Acuerdo traído a estudio fue ratificado a fojas 1 del Expediente Nº 1.421.903/10, agrega­do como fojas 36 al Expediente Principal, por la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJA­DORES DE LA SANIDAD ARGENTINA.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto surgen de lo normado por el Decreto Nº 454/10.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DE TRABA­JADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa SAN TIMOTEO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, obrante a fojas 3 del Expediente Nº 1.393.914/10, ratificado por la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, a fojas 1 del Expediente Nº 1.421.903/10, agregado como fojas 36 al Ex­pediente Principal, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colec­tiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3, ratificado a fojas 1 del Expediente Nº 1.421.903/10, agregado como fojas 36 al Expediente Principal.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 122/75.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM­PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homolo­gado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.


Expediente Nº 1.393.914/10

Buenos Aires, 7 de febrero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 156/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 194/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

Entre LA ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA filial BUENOS AI­RES con domicilio en Saavedra 166 C.A.B.A., representada en este acto por el Sr. JAVIER POKOIK con DNI 21.656.727 en su carácter de Secretario Gremial y de Organización y la Sra. Marta Sequeira con DNI 12.563.728 en su carácter de miembro de la Comisión Directiva junto a Elena A. Di Pietro con DNI 21.795.884, Isidro Núñez con DNI 7.048.143 y Daniel Cabrera con DNI 22.101.003 todos ellos integrantes de la Comisión Interna, por una parte y por la otra SAN TIMOTEO S.A. represen­tada por el Dr. Luis Angel Discenza con DNI 20.497.432 en su carácter de apoderado tal como lo acredita con la copia del poder que adjunta en este acto, constituyendo domicilio en calle Carlos Pellegrini Nº 1163 piso 5º de la CABA junto al Cdor. Marcelo T. de Urquiza, Jefe de Administración de Personal y Relaciones Laborales con DNI. 13.245.664 y con domicilio en Av. Coronel Díaz 2211 CABA, convienen lo siguiente:

PRIMERO: Que la Empresa reconoce a todo el personal convencionado de SAN TIMOTEO S.A. una gratificación extraordinaria no remunerativa de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) a cada trabajador la cual se efectivizará en dos cuotas de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250,00) juntamente con las remuneraciones de junio y julio respectivamente.

SEGUNDO: Asimismo las partes se comprometen a negociar la actualización de toda suma fija, que por cualquier concepto abone la Empresa a sus trabajadores en relación con la negociación paritaria del CCT 122/75.

TERCERO: Cualquiera de las partes podrá presentar el acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Seguridad y Empleo para su homologación.

En CABA a los 29 días del mes de junio de 2010 se suscriben siete ejemplares de igual tenor y a un mismo efecto. Conste.

 

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