martes, 25 de octubre de 2011

CCT NRO. 438/06 - PROMEDIO REMUNERACIONES Y TOPE INDEMNIZATORIO - RESOLUCION NRO. 476/11- TOPE NRO. 225/11- FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES - FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES - B.O. 25/10/11

FUENTE: PUNTO PROFESIONAL

http://www.puntoprofesional.com/P/Z0001HTM/STR_476-11.HTM




B.O. 25/10/11 - Res.476/11 - Tope - FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES




MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 476/2011

Tope Nº 225/2011






Bs. As., 16/5/2011

VISTO el Expediente Nº 1.421.886/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM­PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 272 del 12 de abril de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 11 del Expediente Nº 1.421.886/10 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES y la FEDE­RACION ARGENTINA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 438/06, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 272/11 y registrado bajo el Nº 414/11, conforme surge de fojas 23/25 y 28, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presen­te, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 56/66, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemni­zatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 272 del 12 de abril de 2011 y registrado bajo el Nº 414/11 suscripto entre la FEDERACION OBRERA NA­CIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDU­MENTARIA Y AFINES, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Direc­ción de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COOR­DINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indem­nizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.






ANEXO

Expediente Nº 1.421.886/10



PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL

VESTIDO Y AFINES 01/11/2010 $ 3.429,32 $ 10.287,96

C/ FEDERACION 01/02/2011 $ 3.571,53 $ 10.714,59

ARGENTINA DE LA INDUMENTARIA Y 01/05/2011 $ 3.724,10 $ 11.172,30

AFINES 01/11/2010 $ 3.900,29 $ 11.700,87

Tope General 01/02/2011 $ 4.064,28 $ 12.192,84

Tope Zona Patagónica 01/05/2011 $ 4.240,59 $ 12.721,77

01/11/2010 $ 4.606,76 $ 13.820,28

Tope Tierra del Fuego e Islas del 01/02/2011 $ 4.803,39 $ 14.410,17

Atlántico Sur CCT Nº 438/06 01/05/2011 $ 5.015,32 $ 15.045,96

Expediente Nº 1.421.886/10

Buenos Aires, 19 de mayo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 476/11, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 225/11 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordi­nación - D.N.R.T.

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